Vecinos Ruidosos podrán pagar multas con trabajo comunitario

Modificaciones al Reglamento de Policía y Buen Gobierno de San Nicolás contemplan ahora también arrestos administrativos para quienes no atiendan citatorios

Como una de las acciones encaminadas a crear conciencia entre las personas que suelen causar molestias con el alto volumen, sobre todo en las fechas próximas del mes de diciembre, el Ayuntamiento de San Nicolás aprobó que las multas a vecinos ruidosos puedan pagarse realizado trabajo comunitario como limpieza de parques, barrido de calles y pintado de cordones de banquetas.

Durante Sesión de Cabildo, se aprobó por unanimidad el dictamen de la Comisión de Gobierno y Reglamentación, que contempla modificaciones al Reglamento de Policía y Buen Gobierno, entre las que destaca el arresto administrativo a quienes no acudan al segundo citatorio por alto volumen.

De acuerdo a las estadísticas, en San Nicolás, el alto volumen es la principal causa por la que los ciudadanos llaman a los números de emergencia, ya que semanalmente se reciben en promedio 350 llamadas con este tipo de reportes.

En el mes de diciembre, se lee en el dictamen, este número se incrementa a 730 llamadas en promedio por semana, los reportes son de todo el territorio municipal, sin una zona o colonia en particular.

El dictamen señala que el alto volumen y/o ruido puede repercutir en la salud y en la vida cotidiana de las personas, ocasionado estrés, insomnio, irritabilidad, depresión, falta de concentración, menor rendimiento en el trabajo y tendencia a actitudes agresivas.

Quienes produzcan ruido o alto volumen y éste rebase los 65 decibeles en horario nocturno y 68 decibeles en el horario diurno, se harán acreedores a una multa de 10 a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), es decir, desde $844.90 hasta $8,449.00 pesos.

El horario nocturno comprende entre las 22:00 y las 06:00 horas y el horario diurno empieza a las 06:00 y concluye a las 22:00 horas.

Se indica en el documento que la aplicación de estas sanciones será única y exclusivamente cuando la medición del ruido o alto volumen se haya efectuado mediante dispositivos electrónicos para determinar la cantidad de decibeles emitidos.

Cuando se detecte la comisión de la falta, se entregará al propietario, residente u ocupante del domicilio de donde proviene el ruido o sonido, un citatorio para que comparezca en un término no mayor de cinco días hábiles, ante el Juez Calificador.

En caso de que el propietario, residente u ocupante del domicilio donde se haya registrado el alto volumen se niegue a acudir luego de un segundo citatorio, se aprobó que se proceda entonces a un arresto administrativo.

El dictamen también deja abierta la posibilidad de conmutar la sanción por trabajo comunitario en los casos que sea procedente, con la finalidad de ayudar a la concientización para erradicar el problema de alto volumen.

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